lunes, 27 de abril de 2015

Prevención de riesgos

Finalidad de la salud laboral

RIESGOS LABORALES

 Riesgos laborales: conceptos básicos
3.1.  CONDICIONES DE TRABAJO
Cualquier característica del trabajo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores (art. 4 de la LPRL).
3.2.  RIESGO LABORAL
Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
El riesgo laboral se denominará grave o inminente cuando la posibilidad de que se materialice en un accidente de trabajo es alta y las consecuencias presumiblemente severas o importantes.
3.3.  FACTOR DE RIESGO
Elemento que, estando inevitablemente presente en las condiciones de trabajo, puede desencadenar un menoscabo en el nivel de salud del trabajador.
Los factores de riesgo tienen una relación o dependencia directa de las condiciones de seguridad. Éstas siempre tendrán su origen en alguno de los cuatro aspectos del trabajo siguientes:
·         Local de trabajo (instalaciones eléctricas, de gases, prevención de incendios, ventilación, temperaturas, etc.).
·         Organización del trabajo (carga física y/o mental, organización y ordenación del trabajo, monotonía, repetitividad, ausencia de creatividad, aislamiento, participación, turnicidad, etc.).
·         Tipo de actividad (equipos de trabajo: ordenadores, máquinas, herramientas..., almacenamiento y manipulación de cargas, etc.).
·         Materia prima (materiales inflamables, productos químicos peligrosos, etcétera).
3.4.  SALUD
Estado completo de bienestar físico, psíquico y social, y no sólo ausencia de enfermedad.
3.5.  DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO
Enfermedades, patologías o lesiones producidas con motivo u ocasión del trabajo. Pueden ser:
·         Accidentes de trabajo.
·         Enfermedades profesionales.
·         Otras enfermedades y patologías relacionadas con el trabajo.

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SALUD LABORAL

LA SALUD LABORAL

La salud laboral se construye en un medio ambiente de trabajo adecuado, con condiciones de trabajo justas, donde los trabajadores y trabajadoras puedan desarrollar una actividad con dignidad y donde sea posible su participación para la mejora de las condiciones de salud y seguridad.
Se puede evitar que el trabajo dañe a la salud, y es obligación empresarial hacerlo así: los mal llamados “accidentes” y las enfermedades laborales son evitables si se adopta una adecuada prevención.
La normativa de prevención establece derechos de los trabajadores/as, la obligación empresarial de organizar y realizar actividades preventivas (y comprobar su eficacia) y responsabilidades públicas de promoción, control y sanción.
También establece la participación de los trabajadores en todos aquellos aspectos que atañen a su salud y seguridad en el trabajo, y una figura para su representación autónoma: los y las delegado/as de prevención.
Para ejercer su función, los delegados y delegadas de prevención han de conocer sus derechos y además, necesitan contar con herramientas que faciliten su labor.
La labor de los delegados y delegadas de prevención consiste principalmente en representar a los y las trabajadores, actuando en los siguientes ámbitos:
controlar la efectividad de la actividad preventiva que desarrolla el empresario en su centro de trabajo y su empresa;
presentar propuestas de corrección y mejora de las condiciones de trabajo, fundamentadas tanto en el conocimiento técnico como en las reivindicaciones compartidas de los compañeros y compañeras;
pedir apoyo al servicio de prevención, al sindicato y, en su caso, valorar si es necesario presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo (o incluso, ver si es necesario interrumpir el trabajo por riesgo grave o inminente para la salud y seguridad).
El objetivo de estas páginas es proporcionar información y herramientas para promover la acción de los y las delegados/as, y así promover la acción preventiva en la empresa. Y facilitamos el acceso a materiales adicionales, propios y ajenos.
Los contenidos de esta sección son:
Se presentan herramientas para conocer el marco normativo de la prevención: acceso a textos legales, presentación de las características más generales de la normativa española y aspectos legales de la participación
La prevención de riesgos laborales consiste en desarrollar una acción permanente de identificación, evaluación y control de los riesgos laborales. Para ello, las empresas se dotan de una estructura organizativa, con funciones y prácticas definidas, y procedimientos para la participación de los y las trabajadores/as. Esto no estaría completo sin un sistema para controlar los resultados de estas actividades.
de los trabajadores.
Materiales para ayudar a delegado/as de prevención a controlar la efectividad de la actividad preventiva en su centro de trabajo y en su empresa y a presentar propuestas fundamentadas tanto en el conocimiento técnico como en las reivindicaciones compartidas de los compañeros y compañeras de trabajo.
El objetivo de esta sección es aportar información práctica y directamente utilizable sobre los riesgos laborales, para ayudar a evaluar los riesgos y a elegir las medidas preventivas destinadas a evitar o prevenir daños para la salud derivados del trabajo.
Favorecer la difusión de buenas prácticas en la negociación colectiva en salud laboral es una buena manera de promoverla. En estas páginas se reunen recursos útiles para negociadores.
Desde la promulgación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en los niveles autonómicos, se ha venido produciendo una intensa actividad negociadora que ha producido acuerdos tripartitos que desarrollan y complementan el propio marco normativo español.
Con estas páginas pretendemos ayudar a poner de manifiesto el reparto desigual del riesgo, muchas veces obviado, para que se tome en cuenta en las evaluaciones de riesgos y en los planes de prevención.
Se considera que son "daños derivados del trabajo" las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. ¿Cuáles son? ¿Cómo se identifican? ¿cómo actuar? ¿qué dice la Ley?
Una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS) es una entidad colaboradora de la Seguridad Social, que funciona bajo la tutela y vigilancia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Su función principal es gestionar las llamadas contingencias profesionales: los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
En esta página se reunen fuentes y recursos para facilitar el seguimiento de la situación de la prevención de riesgos laborales, de la siniestralidad, de las políticas, los sistemas de control establecidos, estudios de efectividad de medidas, situación de colectivos específicos, etc.
En esta página encontrarás enlaces a las principales actividades que desarrolla ISTAS relacionadas con el área de Salud Laboral

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