Riesgos laborales:
conceptos básicos
3.1. CONDICIONES
DE TRABAJO
Cualquier característica del trabajo que pueda tener una influencia
significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los
trabajadores (art. 4 de la LPRL).
3.2. RIESGO
LABORAL
Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del
trabajo.
El riesgo laboral se denominará grave o inminente cuando la posibilidad de
que se materialice en un accidente de trabajo es alta y las consecuencias
presumiblemente severas o importantes.
3.3. FACTOR DE
RIESGO
Elemento que, estando inevitablemente presente en las condiciones de
trabajo, puede desencadenar un menoscabo en el nivel de salud del trabajador.
Los factores de riesgo tienen una relación o dependencia directa de las
condiciones de seguridad. Éstas siempre tendrán su origen en alguno de los
cuatro aspectos del trabajo siguientes:
·
Local de trabajo (instalaciones
eléctricas, de gases, prevención de incendios, ventilación, temperaturas,
etc.).
·
Organización del trabajo (carga física y/o
mental, organización y ordenación del trabajo, monotonía, repetitividad,
ausencia de creatividad, aislamiento, participación, turnicidad, etc.).
·
Tipo de actividad (equipos de trabajo:
ordenadores, máquinas, herramientas..., almacenamiento y manipulación de
cargas, etc.).
·
Materia prima (materiales inflamables,
productos químicos peligrosos, etcétera).
3.4. SALUD
Estado completo de bienestar físico, psíquico y social, y no sólo ausencia
de enfermedad.
3.5. DAÑOS
DERIVADOS DEL TRABAJO
Enfermedades, patologías o lesiones producidas con motivo u ocasión del
trabajo. Pueden ser:
·
Accidentes de trabajo.
·
Enfermedades profesionales.
·
Otras enfermedades y patologías
relacionadas con el trabajo.

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